Depósito a Plazo Fijo

Invierte con un propósito

Depósitos a Plazo Fijo

Invierte con un propósito

  • A partir de 18 años.
  • Monto mínimo de apertura:$1,000.00.

  • Cheques, pagos en efectivo en ventanilla.
  • Plazo: 60 hasta 360 días. 
  • Saldo promedio mínimo requerido:$1,000.00.
  • Tasa de rendimiento mínima (%):2.50%.
  • Tasa de rendimiento máxima (%): 5.50%.
  • Los rendimientos se conocen desde un principio., los cuales se reinvierte o pagan al vencimiento de la inversión.

  • Ofrece productos opcionales para invertir su dinero.

  • Mayor rendimiento que el ahorro adulto.

  • Diversidad de plazos.

  • No aplica.

GAT (Ganancia Anual Total)

Plazo Monto mínimo Monto Máximo Tasa de interés ordinario Anual Fija "Antes de Impuestos" *Gat Nominal Antes de Impuestos ** Gat Real Antes de Impuestos
60 días $1,000.00 $1,500,000.00 2.50% 2.53% -1.38%
90 días $1,000.00 $1,500,000.00 3.00% 3.03% -0.89%
180 días $1,000.00 $1,500,000.00 4.00% 4.04% 0.08%
360 días $1,000.00 $1,500,000.00 5.50% 5.50% 1.48%

* GAT NOMINAL antes de impuestos. Para fines informativos y de comparación.

**GAT REAL antes de impuestos. Para fines informativos y de comparación. La GAT REAL es el rendimiento que obtendría después de descontar la inflación estimada Para fines informativos y de comparación exclusivamente.

Fecha de Cálculo: 5 de Enero 2024.
Vigencia: del 05 de Enero al 30 de Junio 2024.

Más información

  • Restricciones o Exclusiones
    • Retiros al vencimiento.
    • Zona limitada a la cobertura de la Cooperativa.
    • Sólo con el ahorro constante se tiene derecho de los beneficios de gastos funerarios.
  • Costos de Contratación
    • No aplica.

Producto garantizado por el Fondo de Protección a que se refiere el Titulo Cuarto de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. 

“Únicamente están garantizados por el Fondo de supervisión auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de protección a sus ahorradores los depósitos de dinero: a la vista, de ahorro, a plazo fijo, retirables en días preestablecidos o con previo aviso, hasta por el equivalente a veinticinco mil UDIs por persona física o moral, cualquiera que sea el número y clase de operaciones a su favor y a cargo de una misma Institución Financiera, en caso de que se declare su disolución y liquidación, o se decrete su concurso mercantil. Dicho fondo de protección, cubrirá el principal y accesorios de los depósitos de dinero referidos a la fecha en que se hubiere declarado la disolución y liquidación de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo o decretado su concurso mercantil, descontando el saldo insoluto de los préstamos o créditos con respecto de los cuales sea deudor el Socio Ahorrador de que se trate, por lo que para estos efectos dichos préstamos o créditos vencerán de manera anticipada”. 

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